Abandono de animales domésticos
INFRACCIÓN LEVE ART 37.16 L.O 4/2015
Abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.
Infracción leve al art 47.16 de la L.O 4/2015
Antes de aplicar este precepto debemos asegurarnos que no nos encontramos ante un delito de abandono animal