Licencia de Armas

Es una autorización administrativa de duración variable que permite a los españoles y extranjeros residentes en España mayores de edad la tenencia y uso en territorio español de armas, generalmente de fuego, siendo el modelo actual el siguiente:

Hay que tener en cuenta que este no es el modelo de licencia de armas para las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, puesto que siempre que se encuentren en servicio activo, les será considerada como licencia de armas la tarjeta de identidad militar o el carnet profesional en virtud del artículo 114 del Reglamento de Armas.

Tipos de Licencias de Armas

En el reverso de la licencia de armas figurará el tipo o tipos de licencia del titular de la tarjeta, correspondiéndose a la siguiente tabla.

TIPOEFICACIACATEGORÍAS
AFuerzas Armadas
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Servicio de Vigilancia Aduanera
1ª, 2ª y 3ª
BArmas de fuego cortas para particulares como autodefensa
CArmas de dotación del personal de vigilancia y seguridad1ª, 2ª y 3ª
DArmas largas para caza mayor2ª y 3ª
ECaza menor, ballestas y armas para lanzar cabos3ª y 7ª (2 y 3)
FTiro deportivo que utilicen armas de fuego1ª, 2ª y 3ª

Armas de fuego

Para la tenencia y uso de armas de fuego es obligatorio estar en posesión de la correspondiente licencia de armas

La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª precisará de licencia de armas.

Artículo 96.2 del Reglamento de Armas

Ballestas y Lanzacabos

Para poseer ballestas o lanzacabos es necesario obtener licencia de armas.

d) Los poseedores de armas de las categorías 3.ª y 7.ª, 2 y 3, precisarán licencia de armas E

Artículo 96.4 del Reglamento de Armas

Carecer de Licencia de Armas

Tener o utilizar un arma de fuego sin haber obtenido licencia de armas es un delito de tenencia ilícita de armas.

Tener o utilizar un arma de fuego habiendo obtenido licencia de armas, pero sin portarla o encontrándose caducada la misma, es una infracción administrativa por carecer de la documentación requerida.

Poseer una ballesta o lanzacabos sin licencia de armas solo puede ser una infracción administrativa por carecer de la documentación requerida.

Acción no permitida